Cláusula Suelo

Cláusula Suelo

La existencia de cláusulas abusivas en la escritura de préstamo hipotecario permite solicitar su eliminación pacífica o judicial y, en caso de ejecución hipotecaria por impago, oponerse judicialmente.

La cláusula suelo es aquella que impide la bajada del tipo de interés en caso de que la suma del interés de referencia, normalmente Euribor, más el diferencial, se sitúe por debajo del suelo establecido en la escritura de hipoteca, lo cual supone pagar una cuota mayor que la que pagaría sin suelo.

Las Sentencias del Tribunal Supremo 241/2013, de 9 de mayo, y 705/2015 de 23 de diciembre, entre otras, establecen el carácter abusivo de la cláusula suelo en caso de que su contratación se haya efectuado con falta de transparencia.

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 21 de diciembre, impone la retroactividad desde el nacimiento de la hipoteca en caso de nulidad de la cláusula suelo y, por consiguiente, la devolución de todas las cantidades indebidamente cobradas por su aplicación.

Mediante Real Decreto 1/2017, de 20 de enero, el Gobierno establece un procedimiento extrajudicial para que las entidades bancarias ofrezcan a sus clientes afectados una indemnización.

En caso de no ser atendidos ante una reclamación dirigida a la oficina de atención al cliente del Banco o esté en desacuerdo con la indemnización que le ofrezca su entidad, a usted no le queda mas remedio que acudir a los Juzgados para obtener la nulidad de la cláusula u obtener la devolución de lo indebidamente cobrado, más los intereses correspondientes. 

Soluciones Jurídicas, Financieras e Inmobiliarias le proporciona el asesoramiento necesario para obtener la nulidad de ésta cláusula, judicial o extrajudicialmente, o, en su caso, informarle adecuadamente del ofrecimiento que le haya efectuado su entidad bancaria, impidiendo que la cantidad ofrecida y la forma de pago sean ilegales. 

Pida una cita llamando a los teléfonos 911124069 o 672230543, o mediante email a info@sjfi.es
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